Después de veinticinco años de haber sido promulgada la Ley 54 de 1990, indudablemente el contenido aplicable hoy es muy diferente al que en principio existía. El sentido de la norma, que no fue otro que establecer los derechos y obligaciones entre las personas que convivían como casados sin estarlo, fue manipulado y desviado en razón de un inconsciente colectivo que se resistía a tratar a los convivientes bajo el mismo principio de igualdad con el que el ordenamiento jurídico trataba a las parejas que se casaban por el rito civil o católico.
Si bien es cierto que hoy se ha obtenido un tratamiento igualitario en la mayoría de aspectos de la ley, todavía se conservan algunas diferencias que carecen de justificación y que deberían romperse por vía de interpretación jurisprudencial en un simple ejercicio exegético o, de no ser posible, con la correspondiente modificación normativa.
El presente texto se construye a partir de varias ponencias que el autor ha presentado asumiendo una posición crítica y haciendo el llamado para que desde una perspectiva teleológica se logre, finalmente, la igualdad, en todos los aspectos, entre las parejas que han decidido realizar un plan de vida íntima con independencia de los ritos civil y religioso del casamiento.